Derechos, deuda externa y Poder Judicial colonizado Por el Dr Rodríguez Villafañe
 El derecho ha servido para crear civilizaciones y también para colonizar y someter a pueblos.
El derecho ha servido para crear civilizaciones y también para colonizar y someter a pueblos.
Asimismo, hay que tener presente, como esencial y fundamental, que el derecho básico que asiste a nuestro pueblo se nutre de los derechos humanos, que hacen a su dignidad y desde el cual hay que plantear la discusión jurídica, principalmente, en materia de deudas públicas.
Más, no podemos dejar de advertir, que las bases jurídicas concretas, en nuestro país, están colonizadas en su dinámica y en su estructura de aplicación.
Dinámica tramposa
        En su dinámica, ya que, se nos dice y exige que nuestros Estados deben ser transparentes y no corruptos, con lo que estamos de acuerdo. Sin embargo, los poderosos financistas prestamistas que ello exigen, se cuidan mucho de no ser transparentes, al tiempo de negociar y concretar deudas públicas. Todos los acuerdos de deuda externa tienen cláusulas de secretismo y otorgan impunidad, de todo tipo (penal, civil, etc.) a los intervinientes. A su vez, dicha circunstancia propicia estructuras estatales de corrupción, atento las pautas jurídicas de desincriminación e irresponsabilidad para los intervinientes.
  Asimismo, el propio sistema financiero corrupto genera y fomenta los 
mal llamados “paraísos fiscales”, palabra propia de la colonización 
semántica, ya que esos lugares no tienen nada de angelicales, ni de ser 
un paraiso, porque son verdaderas cuevas de dineros producto, en gran 
medida, de hechos delictivos. Esas cuevas, ayudan a retroalimentar el 
sistema de corrupción, blanqueo de dinero sucio, proveniente de 
evasiones fiscales, del narcotráfico, de las mafias, etc. En gran 
medida, los casos que se dan en esos lugares configura el delito de 
“Encubrimiento por Receptación”. Pero ello sirve para que el movimiento 
financiero se retroalimente con un dinero barato al que le dan guarida. 
Más a su vez, los mismos que dan esos refugios, se ponen el disfraz de 
éticos y piden que el Estado deudor ajuste, que no gaste tanto en planes
 sociales, que rebaje las jubilaciones, que despida empleados, no 
invierta en salud y en educación y que recaude todo lo posible, aún con 
impuestos a veces injustos, para que se paguen los reclamos muchas veces
 de deudas odiosas, ilegales, usurarias y/o írritas. 
        Un país
 como EEUU, que nos exige cumplimientos como una actitud moral, sin 
embargo, tiene cuevas fiscales, en Delaware, Wisconsin, Nevada, Florida,
 Alaska, Tennessee, Texas, New Hampshire, Washington, Wyoming, Dakota 
del Sur e Islas Vírgenes Estadounidenses.
        Simultáneamente, se
 nos obliga a resignar nuestra justicia y someternos a seudo-tribunales 
administrativos creados por los intereses de los prestamistas, tal es el
 caso del CIADI que significa “Convenio Internacional sobre Arreglo de 
Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y nacionales de otros 
Estados”, (celebrado en Washington el 18/03/1965) o a tribunales 
extranjeros. Así, un juez de menor cuantía de Nueva York, como el juez 
Thomas Griesa, nos hizo arrodillar como país ante fondos buitres y sus 
requerimientos abusivos.
        Por su parte, el FMI (Fondo 
Monetario Internacional), tiene más inmunidades que un país soberano, 
sus funcionarios gozan de inmunidad respecto de todos los instrumentos 
que suscriben y, además, a sus archivos no se pueden acceder, ni con 
medidas judiciales, por lo cual, resulta extremadamente difícil, poner 
en evidencia cuales han sido los mecanismos internos que determinaron 
llevar adelante un préstamo que sabían no se iba a poder pagar, 
endeudando al país, para de esa manera condicionar aún más su economía.
        Mientras tanto, no hay inmunidad soberana para los Estados que se presiona por deudas externas. 
Poder Judicial colonizado
  
      ¿Acudir a reclamar al Poder Judicial en Argentina? ¿A qué Poder 
Judicial? ¿El formateado por el nortecentrismo y el poder financiero 
usurario? Nunca, la ilegalidad de gran parte de la deuda externa que se 
nos reclama ha estado más transparentada, sin embargo, aparecen caminos 
legales construidos para que no se pueda discutir los préstamos y la 
justicia los encuentra y valida, en defensa de los prestamistas. Baste 
referir, por ejemplo, que el endeudamiento externo entre 1976 y 1983 
sirvió, entre otros aspectos, para solventar negocios privados. Esta 
afirmación se desprende del fallo del juez Jorge Ballestero, dictado en 
junio de 2000, en la causa conocida con el nombre de su impulsor 
Alejandro Olmos, en la que se investigó el proceso de endeudamiento del 
país durante la última dictadura militar. En la causa judicial, iniciada
 en octubre de 1982 y cerrada en 2000, duró 18 años y en la sentencia se
 estableció que se cometieron 477 delitos, por parte del Ministro de 
Economía José Alfredo Martínez de Hoz y su equipo, pero la moraleja 
deprimente fue que, no obstante demostrarse su culpabilidad, por 
prescripción, se lo sobreseyó. Una justicia tardía e ineficiente.
   
     Como si fuera poco, ahora la nueva trampa está armada. Si algún 
juez o jueza tuviera la valentía de aplicar el derecho como corresponde,
 al servicio de los derechos humanos de nuestro pueblo, los financistas 
tienen garantizado el accionar de la Corte Suprema de Justicia de la 
Nación (CSJN). Así, Carlos Rosenkrantz, el vicepresidente del Tribunal, 
informó que, a partir de ahora, intervendrá en causas de los clientes 
ligados a su estudio jurídico, entre los que están Cablevisión, Grupo 
Clarín, La Nación, La Rural, McDonald’s, Quilmes, Claro, o el fondo de 
inversión Pegasus. Este último fondo, entre sus componentes está Merrill
 Lynch -fondos buitres-. Hasta hoy Rosenkrantz se había excusado de 
participar en más de 100 expedientes de las empresas ligadas a su 
estudio de abogados. 
        La CSJN tiene que fallar ahora, entre 
otras causas, sobre la constitucionalidad del decreto del gobierno 
nacional 690/20, dictado en plena pandemia y que determina que Internet 
es un servicio público en competencia. El tema llegó a la Corte por 
apelación del Estado Nacional ante una medida cautelar dictada en 
contra, por una Cámara Federal en favor de empresas del rubro que se han
 opuesto a la medida. 
        Más, con buena voluntad, pero 
demostrando la impotencia judicial, por lo que puede resolver el máximo 
tribunal del país, la Defensoría del Público de Argentina hizo un 
planteo ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU para que este 
organismo se manifieste a favor del Decreto 690 ¿Tenemos que ir a la ONU
 para que se proteja nuestros derechos básicos? ¿Tenemos entonces Poder 
Judicial argentino?
Juicio Político a la CSJN
        La CSJN 
opera como cuello de botella, respecto de los, aproximadamente 5.000 
magistrados y magistradas de todas las instancias y fueros en el país 
que existen los que, aún con su mejor dedicación y decisiones en 
justicia, dichas resoluciones terminan validándose o no, ante la CSJN, 
con el voto de sólo tres de sus miembros. 
        La realidad 
demuestra, a su vez, que en la Corte actual dos de los magistrados 
(Rossatti y Rosenkrantz), nominados por el prófugo Pepín Rodríguez Simón
 y nombrados inconstitucionalmente por Mauricio Macri, han tenido con 
conductas indebidas en derecho, en ética y en muchos otros aspectos. 
También con reproches similares caben a los otros dos integrantes 
(Lorenzetti y Maqueda), por lo que urge exigir un juicio político por 
mal desempeño para todo el tribunal, designar nuevos integrantes y 
reformular el funcionamiento del máximo órgano judicial del país, para 
que este tribunal otorgue la seguridad jurídica necesaria que merece la 
Nación y tener un poder judicial propio y respetable.
Miguel Julio Rodríguez Villafañe
Abogado constitucionalista cordobés y
Periodista columnista de opinión












